Volver

13/04/2014
Medio Ambiente intensifica el control de motocicletas por sendas forestales

- Agentes Medioambientales y Policía Autonómica han puesto en marcha un dispositivo de control de vehículos a motor en zonas forestales de la provincia de Alicante - Según la normativa de la Comunitat está prohibida la circulación de vehículos a motor fuera de las pistas - La circulación campo a través está considerada como falta grave y lleva aparejada multas de hasta 18.000 euros


La conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha puesto en marcha, a través de los agentes medioambientales y en colaboración con la Policía Autonómica un dispositivo de control de los vehículos a motor, especialmente motocicletas, por sendas y terrenos forestales de la provincia de Alicante.

El objetivo de este dispositivo es controlar la circulación de vehículos que ha proliferado en los montes y terrenos forestales de la Comunitat Valenciana. Esta actividad incontrolada provoca el deterioro de las pistas y sendas forestales, vías de tránsito de importancia para la conservación de los montes, especialmente para la vigilancia y extinción de incendios forestales.

Cada año se produce por esta actividad daños por erosión en sendas y terrenos forestales lo que ha llevado a organizar estos servicios conjuntos entre Agentes medioambientales y Policía Autonómica que pretenden evitar alteraciones en el hábitat de la fauna y en la riqueza cinegética y que, además, provoca quejas tanto de propietarios como senderistas.

Hasta 18.000 euros de sanción

Desde la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente se recuerda que según la normativa valenciana en terreno forestal "está totalmente prohibida la circulación de vehículos a motor fuera de las pistas forestales".

Esta prohibición supone que, en este tipo de terrenos y en cualquier espacio natural protegido, los vehículos a motor solo pueden circular por las pistas forestales pero no por las sendas, ni por supuesto, monte a través. Además, en ningún caso, los vehículos pueden circular a más de 30 kilómetros por hora, ni siquiera por los lugares autorizados.

En caso de comprobar que se infringe esta norma, los agentes interpondrán una denuncia que dará lugar a los correspondientes expedientes sancionadores. En el caso de la circulación campo a través, considerada como falta grave lleva aparejada sanciones entre 600 y 18.000 euros. Por su parte, la circulación por pista forestal están tipificadas como leves con sanciones que van desde los 60 hasta los 600 euros.

Fuente: Generalitat Valenciana.

LEGISLACIÓN:

DECRETO 8/2008, de 25 de enero, del Consell, por el que se regula la circulación de vehículos por los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana.