Novedades sobre la responsabilidad de los Cotos en los accidentes de tráfico: El Congreso de los Diputados aprueba la Ley sobre Tráfico
«Disposición adicional novena. Responsabilidad en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas.
En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vÃas públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehÃculo, sin que pueda reclamarse
por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas.
No obstante, será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo dÃa o que haya concluido doce horas antes de aquél.
También podrá ser responsable el titular de la vÃa pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización especÃfica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehÃculos con los mismos.»
Fuente: Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC).