La Asociación de Entidades de Caza de la Comunidad Valenciana (ADECACOVA), considera que no es ajustado a derecho que la Administración Valenciana cobre una tasa por la renovación de una licencia anual a los cotos deportivos de caza para practicar una modalidad deportiva en ellos, ya que si no se paga tasa anual alguna por practicar una modalidad deportiva en espacios deportivos en el medio natural a la Administración, ni tan siguiera por el hecho imponible de la prestación de un servicio por parte de la Administración, como es la renovación anual de una licencia para practicar una modalidad o especialidad deportiva, como el golf, piragüismo, etc., ni tan siguiera por un coto deportivo de pesca fluvial o marítimo; por la misma razón y legalidad, tampoco debe de pagarse una tasa anual por el aprovechamiento de un espacio deportivo natural como es un coto deportivo de caza, que la Generalitat Valenciana les cobra a los titulares.