El Gobierno apoyará la Custodia del Territorio como instrumento para asegurar la conservación de los recursos naturales
Constitución del Foro Estatal de Custodia del Territorio
La promoción de la Custodia del Territorio está prevista en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y se ha trabajado conjuntamente con las entidades de custodia para su desarrollo en el Plan Estratégico
Igualmente, y en el marco de la puesta en marcha de la Ley 45/2007 para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural, el gobierno ha aprobado el RD de Contratos Territoriales reconocimiento los bienes públicos inmateriales no retribuidos por el mercado generados por los gestores del territorio para el conjunto de la sociedad
El Director General de Medio Natural y PolÃtica Forestal, José Jiménez, y el Director General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, Jesús Casas, han participado en la clausura del acto de constitución del Foro Estatal de Custodia del Territorio. En sus intervenciones han afirmado que la voluntad del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino es apoyar formas de gestión del territorio que garanticen la implicación de la sociedad, y contribuyan al reconocimiento de los bienes materiales e inmateriales que desde el medio rural se generan para el conjunto de la sociedad.
En este sentido han añadido que el caso de la custodia del territorio es uno de los ejemplos más claros, donde propietarios y usuarios establecen alianzas para un objetivo común.
También han insistido en la necesidad de que la protección de la biodiversidad tiene que dejar de ser entendida, tal y como lo ha sido en el pasado siglo, como una responsabilidad exclusiva de las Administraciones Públicas, señalando que tiene que incorporarse como una cuestión estratégica y horizontal de carácter transversal, consustancial con el uso racional del territorio y el respeto a la propia capacidad de los gestores, y que debe ser tenida en cuenta en todas las polÃticas sectoriales y en todos los ámbitos de la intervención pública y privada.
Por ello han subrayado que es preciso poner una mayor atención en la capacidad y la responsabilidad que los titulares, los residentes locales, los gestores territoriales, y los agentes privados tienen en la gestión de una parte muy importante de la biodiversidad.
Tras destacar la necesidad de fomentar y reconocer el papel que juegan estos agentes sociales, se ha insistido en la conveniencia de profundizar en el reconocimiento y la retribución de los bienes y servicios que realizar los gestores territoriales, profundizando en aquellas fórmulas que en su caso resulten más adecuadas, primando el pago por algunos de los servicios de los ecosistemas, o canalizando apoyos a través de la responsabilidad social corporativa, e incluso instrumentando sistemas innovadores, como es el caso de los bancos de biodiversidad.
En este sentido, han resaltado el papel de
la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad que dedica su artÃculo 72 a la promoción de la custodia del territorio, determinando que las Administraciones Públicas fomentarán la custodia del territorio mediante acuerdos entre entidades de custodia y propietarios de fincas privadas o públicas que tengan por objetivo principal la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.
A este respecto los Directores Generales han indicado que las oportunidades para ello son muy amplias y por el momento poco exploradas, destacando el contenido del Real Decreto que aprueba el Plan Estratégico del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, en el que se incluye en la Meta 5. Promover la participación de la sociedad en la conservación de la biodiversidad y fomentar su concienciación y compromiso un objetivo especÃfico; Promover la custodia del territorio para la conservación de la biodiversidad. Este marco de trabajo, han indicado, ha sido establecido de común acuerdo con las entidades de custodia, y será uno de los objetivos preferentes de trabajo de la Dirección General de Medio Natural y PolÃtica Forestal.
Paralelamente han destacado como la incorporación del reconocimiento de la capacidad de los actores territoriales para asumir responsabilidades en la gestión del territorio, y la atención a los bienes y servicios que plantean supone un argumento añadido en la polÃtica de vertebración territorial.
Sobre este aspecto se ha resaltado como en la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural se ha incorporado al régimen jurÃdico español la figura de los contratos territoriales, entendidos como un instrumento de apoyo a las polÃticas de desarrollo rural sostenible, con la intención de orientar e incentivar las actividades de gestión y uso del medio rural hacia la generación de externalidades positivas, que contribuyan a configurar la sostenibilidad en el medio rural bajo la aplicación de un enfoque territorial.
La aprobación del Real Decreto por el que se regula esta figura, y su incorporación por las Comunidades Autónomas en los planes de zona va a suponer, por primera vez en España, el reconocimiento efecto de una labor valorada por la sociedad, esencial para la construcción de territorios vivos, pero que hasta la fecha, no habÃa sido instrumentalizada.
El MARM, han señalado los Directores Generales, apuesta por la construcción de territorios viables en donde la conservación de la biodiversidad y su uso racional sean dos aspectos esenciales y mutuamente incardinado, y apuesta por que los actores, protagonistas, responsables y ejecutores sean, precisamente, aquellos gestores territoriales, aquellos residentes, y aquellos colectivos ciudadanos que participan y forman parte de la realidad territorial que queremos construir.
Fuente: Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino
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