(DOCV Núm. 6560 del 07.07.2011)
ORDEN 1/2011, de 1 de julio, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y se establecen las vedas especiales para la temporada 2011-2012 en la Comunitat Valenciana
La caza del conejo con perros y sin armas
Periodo: desde el 17 de julio al 25 de diciembre de 2011
Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos. Horario general
Condiciones específicas:
Máximo de 8 perros por cazador y de 15 por grupo de cazadores.
Queda prohibido el empleo de galgos desde el 17 de julio hasta el
11 de octubre de 2011.
Media veda excepto codorniz (acotados y zonas de caza controlada)
Especies cazables:
Tórtola europea (Streptopelia turtur)
Paloma torcaz (Columba palumbus)
Paloma bravía (Columba livia)
Paloma zurita (Columba oenas)
Urraca (Pica pica)
Estornino pinto (Sturnus vulgaris)
Grajilla (Corvus monedula)
Corneja (Corvus corone)
Zorro (Vulpes vulpes)
Periodo: del 15 de agosto al 11 de septiembre de 2011
Días hábiles: sábados y domingos y festivos
o los establecidos dentro
de ese periodo en la resolución del plan técnico de ordenación cinegética
(PTOC) hasta un máximo de nueve días.
Condiciones específicas:
– Se establece un cupo diario máximo por cazador y día de 8 ejemplares
de tórtola europea.
– La caza será desde puesto fijo salvo la codorniz, que será al salto
o a mano.
– Los cazadores podrán auxiliarse de perros para el cobro de las
piezas.
CORRECCION de errores de la Orden 1/2011, de 1 de julio, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se fijan los periodos habiles de caza y se establecen las vedas especiales para la temporada 2011-2012 en la Comunitat Valenciana
Cambia: «a) Media veda excepto codorniz (acotados y zonas de caza controlada)» por «a) Media veda»
Añade: «Codorniz común (Coturnix coturnix)» a especies cazables en la Media veda.
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