En el enlace que más abajo se indica podrán leer, por una parte, las Conclusiones de fecha 09/09/04 a que llegó el Abogado General de la Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de España por la tolerancia por las autoridades españolas de la caza, en la Comunidad Valenciana, de cuatro especies de zorzales mediante el “parany” (utilizando varetas), y por otra, la SENTENCIA de fecha 09/12/04 del TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda), que declara que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben, al tolerar la práctica de la caza con liga en el territorio de la Comunidad Valenciana mediante el método conocido como «parany».