Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
Hoy 11-05-2011 se publica en el BOE el Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
El real decreto regula el Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, desarrollando su contenido, estructura y funcionamiento, de acuerdo a lo establecido en el Capitulo I del TÃtulo I de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 10 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, se establece, como parte del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, un Sistema de Indicadores con el fin de conocer de forma sintética el estado, variaciones y tendencias del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
Se crea un sistema integrado de información, denominado Banco de Datos de la Naturaleza, que tiene atribuidas las funciones de armonización, análisis y difusión de la información contenida en el Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a través de la Dirección General de Medio Natural y PolÃtica Forestal, con la participación de las comunidades autónomas y la colaboración de las instituciones y organizaciones de carácter cientÃfico, elaborará y mantendrá actualizado el Inventario.
Se crea el Comité del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad como un órgano de coordinación entre Administraciones, con competencias de informe y propuesta, adscrito a la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad
Este real decreto tiene carácter de legislación básica sobre protección del medio ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 149.1.23.ª de la Constitución.
En este Real Decreto 556/2011, se trata la Caza y las especies cinegéticas, indicando lo siguiente:
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DE LOS COMPONENTES DEL INVENTARIO
4. Recursos naturales
4.a Inventario Español de Caza y Pesca
Contenido: Contiene información relativa a la actividad cinegética y piscÃcola, en concreto:
Niveles de población de las especies cinegéticas y piscÃcolas con especial atención a las migradoras.
Número de licencias de caza y pesca expedidas y vigentes.
Número de capturas, peso y valor económico por especie, provincia y año.
EstadÃsticas provinciales de sueltas y repoblaciones de especies cinegéticas autóctonas y exóticas.
EstadÃsticas provinciales de repoblaciones piscÃcolas autóctonas y exóticas.
Número de granjas cinegéticas y piscifactorÃas por término municipal y año.
Producción por especies en granjas cinegéticas y piscifactorÃas para repoblaciones.
Superficie y tipologÃa de terrenos cinegéticos por provincia.
Análisis de las masas de agua con aprovechamiento piscÃcola (tipologÃa, superficie, longitud).
EstadÃsticas de accidentes de tráfico provocados por especies cinegéticas.
EstadÃsticas de daños provocados a agricultura y ganaderÃa por especies cinegéticas.
Trofeos de Caza: Puntuación, especie por provincia y año.
Estructura: Información alfanumérica georreferenciada a la provincia.
Periodicidad de actualización: Anual.
Marco jurÃdico: Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Art. 9.2.
Otra información relevante: Contiene operaciones estadÃsticas incluidas en el Plan EstadÃstico Nacional.
6. Efectos negativos sobre el Patrimonio Natural y la Biodiversidad
6.e Registro Estatal de Infractores de Caza y Pesca
Contenido: Inscripciones de oficio a las personas que hayan sido sancionadas por resolución firme, administrativa o judicial, en expediente incoado como consecuencia de infracciones tipificadas en las disposiciones legales que conlleven privación de licencia de caza o inhabilitación.
Las inscripciones serán remitidas por las comunidades autónomas que asà lo deseen o que asà lo dispongan en su legislación.
Datos del sancionado.
Tipo de infracción y calificación.
Autoridad Sancionadora.
Fecha de la resolución sancionadora.
Sanciones impuestas y otras medidas adoptadas como indemnizaciones, privación de licencia de caza o inhabilitación.
La publicidad y tratamiento de estos datos estará sometida a los lÃmites establecidos en la materia, especialmente a los que impone la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal.
Estructura: Información alfanumérica con referencia autonómica.
Periodicidad de actualización: Continua.
Archivos adjuntos: