La Asociación Española de Rehalas se plantea recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, tal y como previene el Art. 25 de la ley de la Jurisdicción C-A, la orden 19 de Abril de 2010, la que pasará a llamarse Orden del “Alumbrao”, por coincidir su rúbrica con el día en que se iluminó la edición de este año de la Feria de Sevilla.
Su interés radica en que modifica los tratamientos obligatorios en Andalucía transformando en anual la vacunación antirrábica, que hasta ahora era bianual, y además, introduce el tratamiento obligatorio anual contra la equinococosis.
Sentimos una gran indignación por lo injustificado de esta modificación que viene a encarecer más aún el mantenimiento de nuestras rehalas, cuando, entre otras razones, no existen casos de rabia y las propias vacunas tienen en sí una efectividad de dos años.
Nuestra indignación además se envenena cuando, precisamente ahora, le hemos puesto a esta Consejería una normativa pionera en materia de rehala, así como el proceso de reconocimiento de una raza autóctona (podenco paternino) con la que mucha gente se podrá colgar medallas.
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