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17/06/2004
La Consellería de Territorio y Vivienda ¿cuando piensa publicar la Orden General de Vedas de la Comunidad Valenciana?

Parece mentira que la Consellería de Territorio y Vivienda no se de cuenta de que la Orden General de Vedas (OGV) debe publicarse en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) dos meses antes de la apertura el conejo con perros y sin armas o primera apertura, y no un mes antes o dos semanas, incluso en algunos años 10 días antes de la apertura.

Las Sociedades de Caza como titulares de acotados tienen que planificar, reuniendo a la Junta Directiva y basándose en la Orden y en su Plan de Ordenación cinegética, la fechas de inicio y cierre y los periodos que se podrá cazar. Además los días y zonas donde se permitirá cazar durante la temporada, según como se haya presentado la cría de las especies cinegéticas en ese año, y en base a su Plan de Ordenación Cinegética. Después preparar las circulares o convocatorias a sus socios o interesados, los cazadores, que en la mayoría de ocasiones hay que mandar con un mes de antelación para convocarlos en Junta General, con el fin de informarles de las fechas de inicio y cierre, periodos, días, y zonas donde la sociedad les permite cazar, y todo lo dicho no se puede hacer sin haberse publicado la OGV.

El publicar la OGV tarde hace que no llegue la información en tiempo y forma a los interesados, los cazadores, y si les llega es a prisas y corriendo por el trabajo de las Juntas Directivas de las Sociedades de Caza.