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03/04/2007
Territorio impone tres denuncias a quads por circular por pistas forestales

· También se impuso una denuncia a una motocicleta de trial por circular campo a través
· La sanción por circular campo a través puede ascender a 18.000 euros
· González Pons recuerda que está prohibido la circulación de quads por terrenos forestales


Valencia (3-4-07) La Conselleria de Territorio y Vivienda ha denunciado a los propietarios de una motocicleta de trial y tres vehículos de los denominados “quads” tras un control de vehículos todo terreno realizado conjuntamente entre agentes medioambientales y miembros del Seprona de la Guardia Civil.

El conseller de Territorio y Vivienda, Esteban González Pons, ha anunciado que se continuarán realizando este tipo de controles entre agentes medioambientales y la Guardia Civil porque se están detectando la presencia de este tipo de vehículos en terrenos forestales que están causando un importante deterioro en los montes valencianos

Concretamente, en el caso de la motocicleta de trial se ha denunciado por circular campo a través, lo que se considera una falta grave, y a los tres “quads” se les ha impuesto la denuncia por circular por pista forestal. Los cuatro casos se detectaron en el término municipal de Xixona.

“Tras esta denuncia, ha explicado el conseller de Territorio y Vivienda, Esteban González Pons, se iniciarán los correspondientes expedientes sancionadores. En el caso de la circulación campo a través, considerada como falta grave lleva aparejada sanciones entre 600 y 18.000 euros. Por su parte, la circulación por pista forestal están tipificadas como leves con sanciones que van desde los 60 hasta los 600 euros.”

El conseller de Territorio y Vivienda, Esteban González Pons ha recordado que según la normativa valenciana en terreno forestal “está totalmente prohibida la circulación de vehículos a motor fuera de las pistas forestales”.

González Pons ha explicado que esta prohibición supone que, en este tipo de terrenos y en cualquier espacio natural protegido, los vehículos a motor solo pueden circular por las pistas forestales pero no por las sendas, ni por supuesto, monte a través. Además, en ningún caso, los vehículos pueden circular a más de 30 kilómetros por hora, ni siquiera por los lugares autorizados.

Mayor restricción para los quads

Está normativa es todavía más exigente para los vehículos tipo AVT conocidos como “quads” que tienen prohibidos la circulación por terrenos forestales, incluidas todas las pistas y caminos forestales, fuera de los circuitos expresamente autorizados.

Esteban González Pons ha asegurado que tres estudiar la problemática de estos vehículos y su incidencia sobre los espacios forestales de la Comunitat, el pasado verano se consideró necesario establecer limitaciones al uso recreativo de los montes y terrenos forestales mediante la prohibición de la circulación de vehículos que provoquen deterioro de las pistas forestales

“El objetivo de esta medida no es otro, ha resaltado el conseller González Pons, que proteger el patrimonio natural que conforman nuestros montes y espacios forestales y evitar cualquier actuación que pueda degradar nuestro entorno”.

“Más teniendo en cuenta que estos vehículos transitan por vías de importancia crucial para la conservación de los montes especialmente para la prevención y extinción de incendios, siendo indiscutible el daño que se produce en los firmes no asfaltados por las rodaduras de ciertos vehículos”, ha explicado el conseller de Territorio y Vivienda

“Además, la circulación de este tipo de vehículos aumenta el peligro de incendios. Igualmente el tránsito de estos vehículos puede llegar a alterar el hábitat de las especies de fauna silvestre existente en los terrenos forestales, altera la actividad y la riqueza cinegética y del mismo modo interfiere en las actividades como el senderismo, el paseo o el simple disfrute del medio natural.

“El objetivo de Territorio y Vivienda es que se pueda disfrutar de una manera ordenada de los espacios forestales de la Comunitat, compatibilizando el uso y disfrute por parte de todos los valencianos de los montes y la protección y conservación de los mismos, de ahí, la prohibición de circular de estos vehículos que pueden dañar los montes de la Comunitat”, ha señalado el conseller

Vehículos autorizados

Únicamente se permite la circulación de dichos vehículos limitadas a servidumbre de paso que hubiera lugar, la gestión agroforestal y los destinados a las labores de prevención y extinción de incendios, es decir los vehículos oficiales de las brigadas forestales de la Conselleria de Territorio y Vivienda, los medios de extinción de incendios de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y las brigadas de las Diputaciones de Castellón, Valencia y Alicante.