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21/06/2021
Resolución de Vedas de Caza en la Comunidad Valenciana 2021-2022

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2021, del director general de Medio Natural y Evaluación Ambiental, de desarrollo de la Orden 1/2019, de 11 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se fijan los períodos hábiles y las normas de caza en las zonas comunes, y se establecen otras regulaciones en los cotos de caza y zonas de caza controlada en la Comunitat Valenciana, para el periodo 2021/2022.

Ver RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2021 (DOGV):
https://dogv.gva.es/datos/2021/06/21/pdf/2021_6473.pdf

RESUMEN:

1. En las zonas comunes de caza de la Comunitat Valenciana:

1.1. La caza del conejo con perros y sin armas
Periodo: desde el 18 de julio al 25 de diciembre de 2021. Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos autonómicos y naciona- les. Horario general. Condiciones específicas: máximo de 8 perros por cazador y de 15 por grupo de cazadores. Queda prohibido el empleo de galgos hasta el 11 de octubre.

1.2. Cetrería
Caza con aves de cetrería: Periodo: desde el 12 de octubre de 2021 hasta el 6 de enero de 2022. Días hábiles: todos los días. Horario general. Condiciones específicas: se permite para todas las especies cinegéticas de caza menor, excepto liebre y perdiz a partir del 7 de noviembre. Se autoriza la caza con auxilio de hasta dos perros por cetrero para levantar las piezas.

Entrenamiento de aves de cetrería: Periodo: todo el año, con señuelo artificial y desde el 18 de julio de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022 con piezas de escape, debidamente marcadas. Días hábiles: todos los días. Horario general.

1.3. Caza con arco
En cualquier modalidad en la que esté previsto el uso de arma, el arco podrá emplearse en la caza de forma equivalente a las armas de fuego.

1.4. Caza menor en puesto fijo
Periodo: del 12 de octubre al 6 de diciembre de 2021. Días hábiles: sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales.
Horario general. Cupo: máximo de 25 zorzales por cazador y día. Condiciones específicas: para la caza de zorzales y estorninos pueden emplearse únicamente como reclamos los pitos o membranas de boca o de fuelle, así como los reclamos naturales de zorzal común, zorzal alirrojo o estornino pinto en un número no superior a cinco por especie. Cada cazador podrá auxiliarse de hasta un máximo de dos perros para el cobro de las piezas. Para desplazarse a los puestos se deberá llevar las armas enfundadas, o bien, descargadas y abiertas. En esta modalidad, previamente a la ubicación del puesto, el cazador comprobará las franjas de seguridad establecidas en el artículo 39 de la Ley 13/2004 de caza de la Comunitat Valenciana, así como el campo de tiro posible para evitar que los perdigones caigan en dichas franjas.

1.5. Caza menor al salto o en mano
Periodo: del 12 de octubre al 6 de diciembre de 2021, excepto para la liebre y la perdiz que se adelanta el cierre al 7 de noviembre.
Condiciones específicas: Se establece un cupo entre perdiz y liebre de una pieza por cazador y día y un máximo de 2 perros por cazador.

1.6. Caza del jabalí
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Modalidad: gancho, batida, al salto o en mano y rececho. Periodo: del 1 de septiembre de 2021 al 28 de febrero de 2022.

Condiciones específicas: las establecidas en la preceptiva autorización de la dirección territorial de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.
Modalidad: espera o aguardo. Periodo: todo el año. Condiciones específicas: las establecidas en la preceptiva autorización de la dirección territorial de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergen- cia Climática y Transición Ecológica. En estos casos estará legitimado para solicitarlas el propietario de las parcelas afectadas y el titular del bien dañado, o con la conformidad de los anteriores, cualquier asociación de agricultores, cazadores, propietarios o la Federación de Caza de la Comunidad Valenciana. Este tipo de control en zonas comunes solo podrá concederse en los lugares exactos de cultivos afectados o en las infraestructuras dañadas, desde 15 días antes del inicio previsible de los daños hasta la cosecha o última cosecha. Fuera de estos lugares no podrá establecerse ningún tipo de cebadero.

2. Caza de migratorias en cotos de caza y zonas de caza controlada

Para aquellos terrenos acotados y zonas de caza controlada que en su plan técnico de ordenación cinegética tengan aprobada esta modalidad:

2.1. Media veda:

a) En puesto fijo: i) Especies: paloma torcaz, paloma bravía, estornino pinto, urraca y zorro. Periodo: del 8 de agosto al 12 de septiembre de 2021. Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales. Condiciones específicas: cada cazador podrá auxiliarse de hasta un máximo de dos perros para el cobro de las piezas. ii) Especies: tórtola europea y paloma zurita. Se prohíbe durante la media veda de la temporada 2021-2022 la caza de estas dos especies cinegéticas.

b) Al salto o en mano: Especie: codorniz. Periodo: del 8 de agosto al 12 de septiembre de 2021. Días hábiles: los sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales. Cupo: máximo 8 ejemplares por cazador y día.

2.2. Prórroga de la caza de zorzales y estorninos en puesto fijo:
Periodo: del cierre de la temporada general hasta el 13 de febrero de 2022. Días Hábiles: sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales. Cupo: máximo 25 zorzales por cazador y día.

2.3. Aves acuáticas
Periodo: del 12 de octubre de 2021 al 13 de febrero de 2022, excep- to en los cotos de los humedales del sur de Alicante, El Hondo, Las Salinas de Santa Pola y El Hondo de Amorós que se retrasa la apertura al 1 de noviembre de 2021.

El periodo será inferior si así está dispuesto en las resoluciones aprobatorias de los planes técnicos de ordenación cinegética. En el Parque Natural de la Albufera el calendario para cada coto será resuelto por el director general de Medio Natural y Evaluación Ambiental, según su Plan Técnico de Ordenación Cinegéticas y dentro de lo establecido en las normas del Parque.

2.4. Becada
Temporada general. Modalidad al salto. Periodo: del 7 de noviem- bre de 2021 al 30 de enero de 2022. Días hábiles: los establecidos en la Resolución del Plan Técnico de Ordenación Cinegética. Cupo: máximo 3 becadas por cazador y día.

3. Caza de la perdiz con reclamo.
En los cotos de caza y zonas de caza controlada en las que la resolución aprobatoria del plan técnico de ordenación cinegética autorice la modalidad de perdiz con reclamo la fecha límite para el cierre será el día 28 de febrero de 2022.

4. Horario general
El horario de caza permitido de forma general en el ámbito de la Comunitat Valenciana, comprende desde el crepúsculo civil matutino hasta el crepúsculo civil vespertino, conforme el horario establecido en el anexo de esta resolución. Los cotos de caza de acuáticas se regirán por los horarios aprobados en sus respectivos planes técnicos de ordena- ción cinegética y/o calendarios de caza, sin perjuicio de su modificación por la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental para situaciones concretas que requieran alguna limitación.

5. Memorias anuales de gestión de los espacios cinegéticos y resultados de los controles en zonas comunes de caza

Conforme al artículo 46 de la Ley 13/2004, de caza de la Comunitat Valenciana, el titular de cada espacio cinegético deberá presentar antes del 31 de marzo de 2022, en el modelo normalizado publicado en la web de la Generalitat (https://www.gva.es/es/inicio/procedimien- tos?id_proc=16392), una memoria anual correspondiente a la actividad cinegética comprendida entre el 16 de marzo de 2021 y el 15 de marzo de 2022.

Excepcionalmente, y de forma transitoria para la adaptación de los instrumentos de ordenación cinegética a un nuevo plazo con fines admi- nistrativos de las temporadas de caza, la memoria anual de aquellos espacios cinegéticos con algún tipo de aprovechamiento entre el 16 de marzo y el 31 de mayo de 2021, incluirán los resultados de los mismos en la memoria de la temporada 2021-22. Para ello, el plazo de presen- tación de la memoria anual se prorrogará hasta el 30 de junio de 2022. Esta memoria incluirá los aprovechamientos de la temporada 2021-2022 comprendidos entre el 16 de marzo de 2021 y el 31 de mayo de 2022.

Esta memoria y el plan anual deberán ajustarse a lo dispuesto en la «Guía para la cumplimentación de la memoria y plan anual de gestión en cotos y zonas de caza controlada» publicada también en la web de la Generalitat

http://agroambient.gva.es/documents/162218839/168042181/GUI A+PARA+LA+SOLICITUD+DE+APROBACION+DE+MEMORIA S+Y+PLANES+ANUALES+DE+GESTION_v3.pdf/c7c217d7-f03d- 449e-b89d-f033eb7c4227.

Los aprovechamientos y controles expresamente autorizados por las direcciones territoriales en zonas comunes de caza, estarán también sujetos a la obligación de presentar un informe de resultados, cuyo con- tenido estará fijado en el condicionado de la autorización.