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03/02/2018
Aprobado el Real Decreto de control de subproductos animales en la práctica cinegética de caza mayor no destinados al consumo humano

Publicado en el BOE nº 38 de fecha 12/02/2018 el Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor. Se trata de una norma que supondrá un paso más para el control del contagio de enfermedades entre las distintas especies susceptibles de animales domésticos y silvestres.


El Real Decreto promueve una correcta gestión de los residuos generados por la caza, al objeto de evitar que sirvan de alimento a carnívoros oportunistas y jabalíes. Se contribuye, así a mejorar la situación sanitaria actual, en las distintas enfermedades sometidas a programas de control.

Se aplicará a todas las modalidades cinegéticas de caza mayor colectiva, que se celebren en el territorio nacional, entendiéndose como tales aquellas en las que el número de puestos es superior a cuarenta o el número de piezas abatidas es superior a veinte por jornada de caza.

Alternativas de gestión

Las medidas contempladas se refieren solo a la gestión de los subproductos por empresas autorizadas, sino que, en función de la categorización de los mismos en base a su riesgo sanitario, se contemplan alternativas de gestión, menos costosas y más fácilmente aplicables, que a su vez no comprometen la conservación de las especies necrófagas, como:

• Enterramiento, con unas prescripciones técnicas mínimas.
• Alimentación de especies necrófagas en muladares.
• Alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en las zonas de protección para las mismas.
• Alimentación de rehalas.

Dado que ya existen Comunidades Autónomas que disponen de legislación autonómica propia sobre este tema, el nuevo Real Decreto armoniza la normativa sobre esta materia en todo el territorio nacional.

Fuente: Consejo de Ministros. MAPAMA. BOE.

LEGISLACIÓN PUBLICADA EN EL BOE el 12/02/2018 (Nº 38).
El presente real decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2018.
Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor.


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