La Asociación de Entidades de Caza de la Comunidad Valenciana (ADECACOVA) ya dijo que ”ADECACOVA no comparte la Orden fringílidos de la Consellería”, y lo sigue manteniendo, por todo lo que ya se dijo. Y por qué se siguen haciendo las cosas mal.
Transcribimos literalmente lo que ha modificado dicha Orden:
Artículo 1
Se modifica el párrafo cuarto del artículo 5 de la Orden 20/2016, de 28 de julio, relativo a los días de captura, que quedará redactado como sigue:
«El período de captura queda limitado a los días: agosto, los días 6,7,8,10,12,13,14,15,17,19,20,21,22,24,26,27,28,29 y 31; septiembre, los días 3 y 4; octubre, todo el mes; y noviembre, los días 1, 5, 6, 12, 13, 19 y 20».
Artículo 2
Se suprime la disposición final primera de la Orden 20/2016, de 28 de julio.
Ver:
ORDEN 20/2016 de 28 de julio, de la Conselleria de Agri- cultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la cual se autoriza, con carácter excepcional, la captura, tenencia y cría de aves fringílidas para la participación en los concursos de canto.
ORDEN 28/2016, de 21 de septiembre, por la cual se modifica la Orden 20/2016, de 28 de julio, de la Conse- lleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la cual se autoriza, con carácter excepcional, la captura, tenencia y cría de aves fringílidas para la participación en los concursos de canto.
Fuente: Gabinete de Prensa de ADECACOVA.