RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se declaran los terrenos forestales de la Comunidad Valenciana zona de alto riesgo de incendio.
DOGV núm. 5062. Martes, 2 de agosto de 2005
RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se declaran los terrenos forestales de la Comunidad Valenciana zona de alto riesgo de incendio.
Considerando que el conjunto de los terrenos forestales de la Comunidad Valenciana presentan un alto riesgo de incendios forestales como consecuencia de su estructura vegetativa, climatologÃa, orografÃa y el alto nivel de ocupación y actividad antrópica que soportan, y teniendo en cuenta el elevado valor de sus formaciones vegetales, en especial en lo referente al ciclo hidrológico, a la conservación de suelos y al paisaje.
De conformidad con lo establecido en el artÃculo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, que establece que aquellas áreas en las que la frecuencia o virulencia de los incendios forestales y la importancia de los valores amenazados hagan necesarias medidas especiales de protección contra los incendios podrán ser declaradas zonas de alto riesgo de incendios o de protección preferente. Corresponde a las comunidades autónomas la declaración de zonas de alto riesgo.
De acuerdo con el artÃculo 44 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, las comunidades autónomas podrán establecer limitaciones al tránsito por los montes, llegando a suprimirlo cuando el peligro de incendios lo haga necesario.
En cumplimiento de lo establecido en el artÃculo 13 del Real Decreto Ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales, de acuerdo con el artÃculo 12 de la Ley 30/1992, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con el Decreto 8/2004, de 3 de septiembre, del presidente de la Generalitat Valenciana, por el que se asignan competencias a la Presidencia y a las consellerias, asà como de conformidad con el Decreto 119/2003, de 11 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Territorio y Vivienda, resuelvo:
Primero
Declarar zona de alto riesgo de incendio al conjunto de los terrenos forestales de la Comunidad Valenciana.
Segundo
Autorizar, con carácter general, el libre tránsito de personas por el territorio forestal de la Comunidad Valenciana.
En los dÃas y zonas para los que el nivel de preemergencia ante el riesgo de incendios forestales, que recoge el Plan Especial Frente al Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad Valenciana, establezca el nivel 3 de peligrosidad de incendios, queda prohibido el tránsito de personas por senderos y campo traviesa. En estos dÃas y zonas, el tránsito de personas por terrenos forestales queda restringido a las carreteras, caminos y pistas forestales, sin perjuicio de las actuaciones de gestión y mantenimiento que procedan y de las autorizaciones expresas que pueda acordar el órgano competente.
Contra la presente resolución, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del dÃa siguiente a la publicación de esta resolución, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de conformidad con lo que dispone el artÃculo 10 y concordantes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición ante el conseller de Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes desde el dÃa siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo que disponen los artÃculos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Valencia, 29 de julio de 2005.– El conseller: Rafael Blasco Castany.