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26/06/2015
Medio Ambiente fija el calendario de caza para la temporada 2015-2016

La Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha publicado en el DOCV el calendario de caza para la temporada 2015-2016, que se extenderá durante los meses de julio de 2015 a febrero de 2016, dependiendo del tipo de caza y de las diferentes variedades de zonas destinadas a esta práctica.


Concretamente, el objeto de esta Orden consiste en regular los periodos hábiles y normas de caza en las zonas comunes y el establecimiento de otras regulaciones en los cotos de caza y zonas de caza controlada en la Comunitat Valenciana, así como las especies cinegéticas susceptibles de aprovechamiento.

Concretamente, las especies cinegéticas susceptibles de aprovechamiento en la temporada 2015-2016 son las siguientes; en caza menor no acuática: perdiz roja, liebre, conejo, zorro, faisán vulgar, codorniz común, becada, paloma torcaz, paloma bravía, paloma zurita, tórtola europea, zorzal común, zorzal alirrojo, zorzal charlo, zorzal real, estornino pinto, avefría, urraca, grajilla y corneja. En caza menor de aves acuáticas; Ánsar común, ánade azulón, ánade friso, silbón europeo, ánade rabudo, cuchara común, pato colorado, cerceta común, cerceta carretoña, porrón común o europeo, porrón moñudo, focha común, agachadiza común, agazadicha chica, gaviota reidora y gaviota patiamarilla. Y en caza mayor, las especies son; cabra montés, ciervo, corzo, gamo, jabalí, muflón y arruí.

Modalidades de caza en zonas comunes

La temporada de caza en zonas comunes de la Comunitat Valenciana arranca el próximo día 19 de julio con la apertura de la caza del conejo con perros y sin armas, y se extenderá hasta el 25 de diciembre de 2015. En esta modalidad se permite un máximo de ocho perros por cazador y de 15 por grupo y se prohíbe el empleo de usos de perros de presa, los galgos solo podrán participar en estas cacerías durante los meses de julio a octubre. Los días de caza quedan fijados en jueves, viernes, sábados, domingos y festivos en horario general.

En la modalidad de cetrería el periodo se extenderá desde el 12 de octubre hasta el 8 de febrero de 2016 y se permite la caza de todas las especies cinegéticas de caza menor y se aceptan hasta dos perros por cetrero para poder levantar las piezas.

En lo que se refiere a la caza con arco, el periodo se abrirá el 12 de octubre y finalizará el 6 de diciembre, y aquí también está permitida la captura de todas las especies cinegéticas y dos perros como máximo por arquero.

Los cazadores que practiquen ambas modalidades podrán hacerlo todos los días de la semana y en horario general.

La caza con escopeta en puestos fijos se extenderá desde el 12 de octubre hasta el 6 de diciembre y solo en sábados, domingos y festivos en horario general. Las especies autorizadas en esta modalidad de caza son: el zorzal común, zorzal alirrojo, zorzal charlo, zorzal real, estornino pinto, paloma bravía, paloma torcaz, paloma zurita, corneja, grajilla, urraca, zorro, conejo, gaviota reidora y gaviota patiamarilla. El cupo de capturas por cazador y día no puede superar los 15 zorzales, y se permite un máximo de dos perros por cazador para el cobro de las piezas. En la Orden se especifica claramente que los cazadores para poder desplazarse a los diferentes puestos deberán llevar las armas enfundadas, o bien descargadas si están abiertas.

En caza menor en mano o a salto, el periodo de caza comenzará el 12 de octubre y finalizará el 6 de diciembre, los días habilitados para la caza serán los sábados, domingos y festivos y en horario general. En esta modalidad se establece un cupo entre perdiz y liebre de una pieza por cazador y día y un máximo de dos perros por cazador.

En cuanto a las condiciones para la caza del jabalí y el zorro se establece un periodo que comprende desde el 12 de octubre hasta el 6 de diciembre y solo en sábados, domingos y festivos, en horario general. Es importante resaltar que esta modalidad de caza se regirá por razones de control de daños y se atenderá a lo dispuesto en la Orden 3/2012, de 19 de enero de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se regula la caza y control del jabalí en la Comunitat Valenciana.

Caza en media veda, migratorias y zonas de caza controlada

En esta clase podrán cazarse la paloma bravía, paloma torcaz, paloma zurita, estornino pinto, grajilla, urraca, corneja, zorro, codorniz y tórtola europea, durante los sábados y domingos comprendidos entre el 16 de agosto y el 13 de septiembre. La codorniz se podrá cazar de al salto y en mano, y en puesto fijo las restantes especies. El cupo de la tórtola europea es de 8 ejemplares por cazador y día y solo en la modalidad de puesto fijo, podrán contar con dos perros para el cobro de las piezas abatidas. En el caso de la caza de zorzales y estorninos en puesto fijo, el cierre de temporada de caza se extenderá hasta segundo domingo de febrero de 2016 y solo en sábados y domingos.

La captura de aves acuáticas se extenderá desde el 12 de octubre hasta el segundo domingo de febrero de 2016, excepto para los cotos del parque natural de L'Albufera, que finalizará el 7 de febrero.

Aves fringílidas para el canto

Las direcciones territoriales de la Conselleria de de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente podrán autorizar la caza de estas especies de manera excepcional y expresa a los miembros de asociaciones ornitológicas silvestristas que hayan participado en concursos de canto de aves fringílidas. Estas capturas solo podrán realizarse con redes de tiro y las especies autorizadas son el jilguero, pardillo común, verderón común, verdecillo y pinzón común. La caza solo se podrá efectuar en dos periodos; A o de verano, que comprende los días 4, 5, 11, 12, 18, 19, 25, y 26 de julio y los días 1, 2, 8, 9, 15, 16, 22, 23, 29, y 30 de agosto; y B o de periodo otoñal que se desarrollará del 2 de octubre hasta el 15 de noviembre.

Al tener carácter provincial, el número máximo de capturas por provincia será de 1.600 en Alicante, 700 en Castellón y 1.300 en Valencia. El cupo máximo por capturas al día, entre todas las especies, es de 10.


Especies exóticas invasoras

Conforme al Real Decreto que regula el catálogo español de especies exóticas invasoras y el Decreto 213/2009, de 20 de noviembre del Consell, se permite abatir cualquier ejemplar de cotorra argentina, cotorra de kramer y de mapache.

Para más información se puede consultar el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana de 25 de junio de 2015: ORDEN 18/2015, de 19 de junio, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se fijan, para la temporada 2015-2016, los períodos hábiles y normas de caza en las zonas comunes y se establecen otras regulaciones en los cotos de caza y zonas de caza controlada en la Comunitat Valenciana.

Fuente: Generalitat Valenciana.